EL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE USME, en cumplimiento de lo exigido en el Decreto 19 de 2012, artículo 2.2.1.1.2.1.2. del Decreto 1082 de 2015, informa a la comunidad en general que iniciará un proceso de contratación, bajo la modalidad de Licitación Pública.
FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE USME:
Teléfono: 7693100
Dirección: Carrera 14 A No. 137 B sur 32. Usme Centro Correo electrónico: alcalde.usme@gobiernobogota.gov.co
Es de aclarar que los interesados en el Proceso de Contratación, deben presentar los documentos en desarrollo del Proceso de Contratación, en la plataforma Secop II, de conformidad con los lineamientos y parámetros de dicha plataforma.
El Fondo de Desarrollo Local de Usme no atenderá consultas, observaciones o inquietudes vía telefónica ni verbalmente. En ese sentido, los interesados o proponentes que tengan dudas frente a cualquier asunto relacionado con el proceso de selección deberán formular su consulta, observación o inquietud por escrito, a través de los mecanismos indicados en el inciso que antecede. Así mismo, se indica que todas las respuestas emitidas por el Fondo de Desarrollo Local de Usme a las consultas, observaciones o inquietudes formuladas serán publicadas en el SECOP II, dentro de los términos previstos en el cronograma del proceso de selección.
La modalidad de selección pertinente para esta contratación corresponde a LICITACIÓN PÚBLICA de conformidad con el artículo 30 de la Ley 80 de 1993 y el numeral 1 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con lo descrito en el Decreto 1082 de 2015. De conformidad con lo establecido en la norma referida el presente proceso de contratación se justifica en atención al objeto a contratar y al valor del presupuesto oficial.
El plazo de ejecución del contrato que resulte del presente proceso de selección será por el término de NUEVE (9) MESES, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio, suscrita entre el contratista y Fondo de Desarrollo Local de Usme, previo cumplimiento de los requisitos de ejecución.
El presupuesto oficial se estima hasta la suma de CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($4.450.000.000) M/CTE, IVA incluido, de la vigencia fiscal 2025, con cargo al proyecto 2562 - USME PRODUCTIVA Y EMPRENDEDORA y 2570 - USME POTENCIALIZA SU
TEJIDO EMPRESARIAL RURAL Y URBANO distribuidos de la siguiente forma:
| Proyecto | Meta | Aporte |
| 2652 |
Realizar 2 acciones para fortalecer las capacidades y/o habilidades, técnicas y blandas de las personas de la localidad, con el fin de mejorar el acceso a oportunidades de empleo. | $1.670.142.300 |
| Apoyar 10 Mipymes y/o emprendimientos orientados al fortalecimiento de las capacidades locales para la gestión y el desarrollo turístico. | $922.299.700 |
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| 2570 |
Apoyar 250 Mipymes, emprendimientos y/o actores de la economía informal para el fortalecimiento del tejido empresarial local. | $1.048.487.095 |
| Vincular 25 hogares y/o unidades productivas a procesos productivos y de comercialización en el sector rural. | $809.070.905 |
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| Total | $4.450.000.000 | |
Este presupuesto se encuentra amparado con el certificado de disponibilidad presupuestal de Septiembre de 2025.
De acuerdo con el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto Nacional 1082 de 2015, es necesario indicar si la presente contratación está cobijada por un acuerdo Internacional o un tratado de libre comercio vigente en el Estado Colombiano, conforme a los requisitos que a continuación se establecen:
Para que un bien y/o servicio se encuentre regulado en su totalidad por el capítulo de compras públicas de algún tratado de libre comercio o acuerdo internacional debe cumplir con los requisitos anotados en el Manual de Colombia Compra Eficiente, para lo cual señalaremos, si el bien o servicio a contratar se encuentra cobijado por alguno de los acuerdos descritos a continuación:
| Acuerdos Comerciales y la Comunidad Andina |
Vigente |
Entida d Estatal Cubierta : SI/ NO |
Valor del proceso de contratación superior al umbral del Acuerdo comercial: SI/NO | Excepción Aplicable al Proceso de Contratación: SI/NO | Proceso de Contratación cubierto por el Acuerdo Comercial : SI/NO |
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| Alianza Pacifico | México | SI | NO | SI | NO | NO |
| Chile | SI | SI | SI | NO | NO | |
| Perú | SI | SI | SI | NO | NO | |
| Canadá | SI | NO | NO | NO | NO | |
| Chile | SI | SI | NO | NO | NO | |
| Corea | SI | NO | NO | NO | NO | |
| Costa Rica | SI | SI | NO | NO | SI | |
| Estados Unidos | SI | SI | NO | NO | NO | |
| Estados AELC | SI | NO | SI | NO | NO | |
| México | SI | NO | NO | NO | NO | |
| Triáng ulo Norte | El Salvador | SI | NO | SI | NO | NO |
| Guatemala | SI | SI | SI | NO | SI | |
| Honduras | SI | NO | NO | NO | NO | |
| Unión Europea | SI | SI | NO | NO | NO | |
| Israel | SI | SI | SI | NO | NO | |
| Reino Unido e Irlanda del Norte | SI | SI | NO | NO | NO | |
| Comunidad Andina | SI | SI | SI | SI | SI |
Por lo anterior, el presente proceso de contratación se adelantará acorde con las obligaciones contenidas en los acuerdos comerciales antes citados y referidas al trato nacional, a la publicidad, a los documentos del proceso, así como el plazo mínimo para la presentación de ofertas.
De igual manera, se deja constancia que la entidad debe dar a los servicios prestados por proponentes de la CAN que se presenten a este proceso de selección, el mismo trato que da a los servicios colombianos en aplicación a lo dispuesto en la decisión No. 439 de 1998 de la entidad.
El umbral para limitar las convocatorias a MIPYME asciende a la suma de 457.297.264 para el año 2023 (hasta el 31 de diciembre de 2023) según lo dispuesto por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente - en el Portal de Contratación SECOP II, y teniendo en cuenta que el presupuesto oficial del presente asciende a la suma CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS
($4.450.000.000) M/CTE, IVA incluido, y todos los impuestos, costos, utilidades y gastos directos e indirectos a que hubiere lugar y que se causen con la ejecución del contrato, se concluye que el presente proceso de selección NO ES SUSCEPTIBLE DE LIMITARSE A MIPYMES.
El cronograma establecido por la entidad se encuentra en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP II), bajo la convocatoria pública No. FDLU-LP-037-2025
Las fechas indicadas en el citado -Cronograma para el presente proceso podrán variar; de establecerlo así, el Fondo de Desarrollo Local de Usme en ejercicio de las facultades legales expedirá y publicará la respectiva Adenda en la plataforma transaccional SECOP II - www.colombiacompra.gov.co.
Las fechas indicadas podrán variar de establecerlo así el FDLU, de acuerdo con la ley y con las condiciones previstas en el presente pliego para la prórroga de los plazos del proceso. La modificación de fechas incluye la posibilidad de disminuir los plazos que le corren al FDLU. Todo lo cual se efectuará mediante su publicación en el portal de contratación SECOP II.
Los siguientes son los criterios que los proponentes deben cumplir en su totalidad para que la propuesta se considere hábil:
| CRITERIOS DE VERIFICACIÓN | ||
| REQUISITOS HABILITANTES | VERIFICACIÓN | |
| Requisitos Habilitantes Jurídicos | Capacidad Jurídica (Documentos) | Cumple/No Cumple |
| Requisitos Habilitantes Financieros | Índices de capacidad financiera | Cumple/No Cumple |
| Índices de capacidad organizacional | Cumple/No Cumple | |
| Requisitos Habilitantes Técnicos |
Experiencia del proponente | Cumple/No Cumple |
| Cumplimiento de las disposiciones contenidas en el decreto 1072 de 2015 | Cumple/No Cumple |
|
| Compromiso de recurso humano, taller y lavadero de autos | Cumple/No Cumple | |
| Criterios de contratación sostenible | Cumple/No Cumple | |
| Criterios de evaluación y ponderación |
Factor económico (oferta económica) | Ponderación |
| Factores técnicos y de calidad | Ponderación | |
| Criterio diferencial para emprendimientos y empresas de mujeres | Ponderación | |
| Criterio diferencial para Mipyme | Ponderación | |
| Incentivo a la industria nacional | Ponderación | |
| Incentivo en favor de personas en condición de discapacidad | Ponderación |
|
| FACTOR | PUNTAJE MAXIMO (100 PUNTOS) |
| 1) Factor precio (Económico) | 45 |
| 2) Factor de calidad (Hasta | 43,5 |
| 3) Apoyo a la industria nacional | 10 |
| 4) Criterios diferenciales para emprendimiento y empresas de mujeres en el sistema de compras públicas (Art 32 Ley 2069 del 2020 y Decreto 1860 de 2021) |
0,25 |
| 5) Puntaje para MiPymes en el sistema de compras públicas (Decreto 1860 de 2021) | 0,25 |
| 6) Puntaje Decreto 392 de 2018 – Trabajadores con discapacidad | 1 |
| TOTAL | 100 |
No se admitirán ni se absolverán consultas o propuestas que sean radicadas en físico o de manera electrónica mediante algún otro canal diferente al dispuesto por Colombia Compra Eficiente para el efecto, sin perjuicio de eventos de “indisponibilidad de servicio”, caso en el cual, se podrá presentar propuestas dentro de las dieciséis (16) horas hábiles siguientes al cierre o la entidad podrá modificar su cronograma ampliando en plazo para su recepción, para lo cual deberá acreditar y ceñirse a los parámetros establecidos dentro del manual “Protocolo para actuar ante una indisponibilidad del SECOP II - vigente a partir del 19 de noviembre de 2018”, o el que aplique al momento del cierre, disponible en https://www.colombiacompra.gov.co/sites/cce_public/files/cce_documentos/ protocolo_de_indisponibilidad_secop_ii.pdf
Tenga en cuenta que de acuerdo al protocolo para actuar ante una indisponibilidad del SECOP II, previamente al c i e r r e d e b e r á e nv i a r u n c o r r e o e l e c t r ó n i c o d i r i g i d o a l c o r r e o o f i c i a l d e l a e n t i d a d alcalde.usme@gobiernobogota.gov.co, manifestado su imposibilidad de presentar ofertas. No serán aceptadas ofertas con correos electrónicos que manifiestan la imposibilidad de presentar oferta enviados después de la fecha y hora de cierre. El correo electrónico deberá enviarse con los siguientes datos: a.) el número de Proceso; b). el nombre del usuario en la plataforma c). Nombre de la cuenta del proponente que quiere presentar la oferta y d). El NIT o cédula del Proveedor.
En caso de que el oferente vaya a participar en el Proceso de Contratación como proponente plural y no se haya constituido como tal en la plataforma, deberá una vez restablecido el SECOP II, conformarse como tal de acuerdo con la información suministrada en el email a la Entidad Compradora y notificar para que esta pueda realizar el cargue de la oferta externa